jueves, 7 de junio de 2007

¿Es legal que el correo de un trabajador pueda ser vulnerado o supervisado por personal con acceso a ello (personal de informática)?



Siempre se ha oído hablar sobre si es legal o no supervisar los correos corporativos de los empleados.

Hay dos posturas sobre el particular, el primero sustenta que la información entrante y saliente de la organización, le pertenece solo a ésta, incluyendo información que circula en los correos electrónicos. Por tal hecho, el acceso a los correos es una cuestión normal, que persigue asegurar información confidencial de la empresa.

Por otro lado está la postura legal, que lo sustenta la carta de 1993 en su artículo 200, que se enmarca en la protección de los datos así como la posibilidad de acceso a la información personal. Específicamente en el artículo 2, inciso 6 de ésta carta se manifiesta que los servicios informativos públicos o privados no deben suministrar informaciones que afecten la intimidad personal y familiar.

El tema seguirá en discusión, ya que por un lado el trabajador tiene derecho a tener reservada la información que circula en su correo; por otra, la empresa debe asegurar que el flujo de la información que manejan sus empleados no pueda alterar las estrategias de la empresa.

En la mayoría de los casos, los empleados seden ante esta discusión, debido a que las organizaciones tienen la potestad de expulsar a los trabajadores que decidan hacer valor este derecho. Prefieren ser vigilados y controlados, antes que perder sus trabajos.

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